Igualdad de derechos para las personas con discapacidades

La tradición judía ha reconocido siempre las necesidades especiales de las personas con discapacidades. Un indicio de esto se puede encontrar en el versículo "Jonatán, hijo de Saúl, tenía un hijo lisiado de los pies...." (II Samuel 4:4).

Según la Ley de Igualdad de Derechos para Personas con Discapacidades, 5756-1996: "Los derechos de las personas con discapacidades se basan en el reconocimiento de la igualdad de derechos para todos los seres humanos... Los derechos de las personas con discapacidades y el compromiso de la sociedad israelí con dichos derechos se basan en el reconocimiento del valor de la persona creada a imagen de Dios, y en el principio de la dignidad humana... El propósito de esta ley es proteger la dignidad y la libertad de una persona con discapacidades, y afirmar su derecho a la igualdad y a la participación activa en la sociedad en todos los ámbitos de la vida, así como brindar una respuesta adecuada a sus necesidades especiales, de manera tal que le permita vivir con la máxima independencia, intimidad y dignidad, aprovechando al máximo sus capacidades".

Las normas de igualdad de derechos para las personas con discapacidades – accesibilidad a los sitios KKL-JNF de 5758-1998, exigen la accesibilidad de los lugares públicos para las personas con discapacidades y la adecuación de los bosques y parques en todo el país, para que una persona con discapacidades pueda utilizar libremente el servicio ofrecido en un lugar público. En su condición de institución pública, KKL-JNF se ocupa, entre otras cosas, de servicios de recreación y turismo al aire libre, y se considera comprometido con el tema. El enfoque general de los planificadores de KKL-JNF es permitir el acceso de las personas con discapacidad a cualquier lugar y sitio.

Un no vidente con un acompañante en el parque de la laguna Hula. Foto: Dror Artzi